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Santo Domingo, República Dominicana – La Junta Central Electoral (JCE) oficializó este viernes la Resolución No. 01-2026, mediante la cual se establecen los montos y criterios de distribución de la contribución económica del Estado a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos para el año 2026. Este mecanismo se fundamenta en el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley No. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.

Monto global de la contribución y distribución por grupos

La resolución determina que el monto total asignado para este año es de RD$1,620 millones, que será entregado a los partidos políticos reconocidos por la JCE conforme a los resultados de las elecciones generales anteriores, celebradas en 2024.

Principales proporciones establecidas:

  • 80 % (RD$1,296 millones): destinado en partes proporcionales a los partidos que alcanzaron más del 5 % de los votos válidos en las últimas elecciones.
  • 12 % (RD$194.4 millones): asignado a partidos con votación entre 1 % y menos del 5 %.
  • 8 % (RD$129.6 millones): reservado para partidos, agrupaciones y movimientos que obtuvieron entre 0.01 % y menos del 1 % de los votos, siempre que mantengan su personería jurídica.

Partidos mayoritarios: montos destacados

En virtud del partido obtenido en las elecciones generales, los tres partidos con mayor representación electoral recibirán una porción sustancial de los fondos:

  • Partido Revolucionario Moderno (PRM): RD$432 millones
  • Fuerza del Pueblo (FP): RD$432 millones
  • Partido de la Liberación Dominicana (PLD): RD$432 millones

Esta distribución igualitaria entre los partidos mayoritarios responde tanto al porcentaje de votación alcanzado como a las disposiciones de la ley electoral vigente para garantizar equilibrio en el financiamiento público.

Entregas mensuales y condiciones de uso

La JCE instruye que los recursos se entregarán mensualmente en doce cuotas iguales a lo largo del año 2026. Sin embargo, el desembolso efectivo de los fondos estará condicionado al cumplimiento de varias obligaciones administrativas y financieras por parte de los partidos, entre ellas:

  • Presentación de un presupuesto anual y programas de trabajo ante la Secretaría General de la JCE.
  • Entrega de informes financieros detallados de ingresos y gastos dentro de los seis meses posteriores al cierre del ejercicio presupuestario.
  • Mantenimiento de una cuenta bancaria única para el manejo de los fondos públicos, separada de otras fuentes de recursos.
  • Implantación de sistemas contables y control interno que permitan la debida fiscalización del uso de los recursos.

El organismo electoral advirtió que el incumplimiento de estas disposiciones puede conllevar a la suspensión de pagos o devolución de montos no debidamente justificados a la Cuenta Única del Tesoro.

Marco legal y transparencia

La distribución de estos recursos se rige estrictamente por el artículo 61 de la Ley No. 33-18, que estipula los porcentajes y criterios de reparto según el rendimiento electoral de cada organización. Esta normativa busca garantizar un financiamiento público equitativo y transparente en apoyo a las funciones políticas y democráticas de los partidos.

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